ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO POLIVALENTE PARA USO DEPORTIVO EN SAPUR 1
Antes de dar inicio al estudio del presente punto, el Alcalde-Presidente manifiesta su intención de abstenerse, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Visto el expediente tramitado ante este Ayuntamiento para la adjudicación de las obras de “Construcción de edificio polivalente para uso deportivo en SAPUR-1.
Resultando que, convocado concurso para la presentación de ofertas, en el plazo concedido a tal fin han tenido entrada en el Registro de la Corporación las siguientes:
- Construcciones GANEKO, S.A., en el precio de 301.995,95 euros, IVA incluido.
- CONSTRUCCIONES Y URBANIZACIONES EDURKO, en el precio de 302.631,15, IVA incluido
- SERCONSA, S.A., en el precio de 320.268,39 euros, IVA incluido.
- ASASER, S.A., en el precio de 294.527,80 euros, IVA incluido.
- Alquiler de Maquinaria ARAGON, en el precio de 273.940,45 euros, IVA incluido.
- Construcciones EDER, en el precio de 301.466,07 euros, IVA incluido.
- HEMENDIK Construcciones S.L., en el precio de 313.034,62 euros, IVA incluido.
- MONTEGI Construcciones, S.L., en el precio de 324
- KDV, S.L.
- Construcciones ZABALANDI
La dirección de las obras, ha emitido en fecha de 10 de noviembre dos informes sobre la valoración de las propuestas en base a los criterios de adjudicación contenidos en el Pliego que ha regido la convocatoria. El primero de ellos se redacta a raíz de la audiencia concedida a Aragón Alquiler de Maquinaria, dado que, siendo su propuesta la mas ventajosa económicamente, incurre en temeridad.
En él se indica:
“Se han analizado los precios unitarios presentados en el presupuesto descompuesto por partidas presentado. De dicho análisis se deduce que parte de la baja ha sido producida al reducir sustancialmente la partida prevista en el capítulo primero, para posibles nuevas partidas a justificar por la dirección de obra.
A pesar de que el interesado justifica tal reducción por la inclusión de una nueva partida para la ejecución de una viga colgada para el graderío prefabricado, el técnico que suscribe no estima necesaria dicha partida por estar ya incluida en el presupuesto.
Además, tras analizar los precios unitarios, no se cree posible la ejecución de dicha obra por el precio ofertado”.
En el segundo de los informes se lleva a cabo la valoración de todas las ofertas en función de los criterios previstos en el Pliego, produciéndose los siguientes resultados:
|
A |
B |
C |
TOTAL |
|
|
b.2a |
2.a.1 |
2.a.2 |
2.a.3 |
2.b.2 |
2.b.3 |
b.2.c.1 |
b.2.c.2 |
b.2.c.3 |
b.2.c.4 |
|
|
GANEKO |
35,09 |
10 |
x |
1 |
1 |
1 |
1 |
0 |
0 |
6 |
55,09 |
EDURKO |
34,68 |
10 |
x |
2 |
2 |
0 |
1 |
0 |
0 |
8 |
57,68 |
SERCONSA |
23,09 |
10 |
x |
1 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
32,09 |
ASASER |
40 |
8 |
x |
x |
1 |
0 |
1 |
1 |
0 |
0 |
0 |
53,00 |
ARAGON |
0 |
6,5 |
x |
2 |
0 |
1 |
1 |
0 |
1 |
10 |
21,50 |
EDER |
35,44 |
8 |
x |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
0 |
49,44 |
HEMENDIK |
27,84 |
7 |
x |
|
x |
2 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
10 |
46,84 |
MONTEGUI |
20,59 |
10 |
x |
2 |
2 |
1 |
1 |
0 |
0 |
10 |
46,59 |
KDV |
31,13 |
9 |
x |
2 |
2 |
1 |
0 |
0 |
0 |
0 |
45,13 |
ZABALANDI |
15,39 |
8 |
x |
1 |
0 |
1 |
1 |
1 |
1 |
10 |
38,39 |
En consecuencia, el Pleno, por unanimidad, a la vista de las propuestas presentadas, acuerda:
PRIMERO.- Declarar válida la licitación y adjudicar definitivamente el contrato de obra para la construcción del “Edificio Polivalente de uso deportivoen SAPUR-1”, a la empresa Construcciones y Urbanizaciones Edurko, S.L., en el precio de 302.631,15 euros, IVA incluido, siendo el plazo de ejecución de tres meses y medio, por considerar que su propuesta es la más conveniente a los intereses municipales.
SEGUNDO.- Disponer el gasto con cargo al vigente presupuesto municipal.
TERCERO.- Notificar la adjudicación al contratista adjudicatario y requerirle para que en el plazo de los quince días siguientes desde la recepción del presente acuerdo municipal, aporte documento acreditativo de haber constituido la fianza definitiva y se le cite para que concurra a la firma del contrato de obra dentro del plazo de treinta días contados desde la fecha señalada anteriormente.
CUARTO.- Notificar asimismo el presente acuerdo al resto de los ofertantes para su conocimiento y efectos oportunos.
QUINTO.- Dar cuenta de la adjudicación a la entidad Bilbao Bizkaia Kutxa y al Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Bizkaia, en su condición de cofinanciadores de las obras.
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